Estos días podemos leer y escuchar en casi todos los medios comentarios y críticas sobre el proyecto de nueva ley educativa (LOMLOE), que se trata más bien de una modificación de la LOE. Como es habitual, podemos encontrar criticas más duras y otras más benevolentes. Y, por supuesto, opiniones para todos los gustos. Pero, nos preguntamos, ¿cuánta gente ha leído el texto? Porque muchas de las cosas que leemos no se corresponden con lo que este proyecto presenta.  

Queremos compartir con vosotros un análisis del texto, comenzando por el contexto. Partimos de un escenario nada positivo, a ley por gobierno prácticamente desde que se instauró la democracia. Vamos a fijarnos en las más recientes. Nos vamos a remontar a la LOE (2006). En el momento en el que se plantea el texto de la LOE, en España se contaban ocho leyes orgánicas diferentes en los últimos veinticinco años, por lo que en un primer momento nace bajo el espíritu de alcanzar el máximo consenso posible entre las distintas fuerzas políticas. Para ello, se buscó desde el principio un pacto social con las cinco grandes organizaciones (CCOO, CEAPA, CONCAPA, FERE-CECA Y FETE-UGT), con la intención de hacer partícipes a todos los agentes implicados. 

Sin embargo, no se consiguió una ley de consenso total, ya que se opusieron el Partido Popular y las autoridades eclesiásticas. Sin embargo, consiguió un triple acuerdo (ámbito político, social y sindical). 

Además, no hay que olvidar que los cambios sociales que había experimentado el país (aumento de la escolarización, globalización, incorporación de la mujer al mercado laboral, nuevos modelos de familia, etc.) hacían necesarios un nuevo modelo educativo que pudiera dar respuesta a las  nuevas necesidades y explicar e incorporar a la sociedad estos nuevos paradigmas. En lo que se refiere a la economía, en ese momento España vivía un crecimiento económico y disfrutaba de una tasa de empleo muy alta. 

La LOMCE, por el contrario, nac desde un contexto muy diferente al de ese momento, a pesar de tratarse de un período reciente en el tiempo. La crisis económica, la altísima alta de desempleo, los casos de corrupción política, recortes presupuestarios, etc. enmarcan el nacimiento de este anteproyecto de ley. Además, hay que añadir el hecho de que nac desde la oposición de partidos políticos, agentes educativos, asociaciones de padres, de estudiantes, etc. Que manifestaron reiteradamente su oposición, reclamando que su opinión se tenga en cuenta para que se pueda llegar a un consenso. 

Y en este punto, llegamos a la LOMLOE. El espíritu nace como un compromiso electoral del principal partido del gobierno y su texto se configura en un terrible momento histórico, en plena pandemia mundial y consecuente crisis económica y laboral. Sin grandes acuerdos y consensos sociales con la comunidad educativa y principales agentes educativos.  

En cuanto al texto de la LOMLOE, observamos ya en el preámbulo una influencia del texto de la LOEhaciendo referencia al espíritu de estaDefine la educación como medio para construir la personalidad y poder crear ciudadanos preparados para vivir en una democracia (destaca este concepto de ciudadanía, indicando además que se debe buscar el beneficio tanto del individuo como de la colectividad). De esta manera, se garantiza el progreso y el desarrollo social. Por lo tanto, el concepto de educación que se plantea busca fomentar la democracia y el respeto a las diferencias, garantizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, el progreso y el desarrollo social. La educación debe ayudar a la comprensión de la realidad, de manera afectiva, cognitiva y axiológica. Y, por último, tiene que desarrollar al máximo las capacidades del alumnado.  

Se basa en los principios de calidad y equidad, compromiso de colaboración conjunta y compromiso con los objetivos de la UE. En cuanto a la calidad y la equidad, referida a ambos sexos en todos los niveles educativos, máximo desarrollo posible de las capacidades culturales y emocionales y adaptación a las  necesidades de cada individuo. Cuando se indica compromiso de colaboración conjunta, hace alusión a la familia, centros y profesores, administraciones y sociedad. Por último, sobre los objetivos de la UE, hace referencia a la capacitación de los docentes, al entorno de aprendizaje y a la  movilidad. 

La ley deja claro que la educación es el instrumento más adecuado para asegurar una sociedad democrática con unos sujetos libres, críticos, responsables y que logren conseguir sus objetivos. Además, la educación es concebida como un método para mejorar la condición humana y la vida colectiva de los sujetos. Se reconoce a la educación como “la mayor riqueza y el principal recurso de un país y sus ciudadanos”. 

A  partir de este preámbulo, se va haciendo referencia a los artículos que quedan modificados y se indica el texto definitivo de esas modificaciones. Veamos los aspectos que han suscitado mayor polémica. 

  1. En primer lugar, ha destacado la respuesta social por la posible eliminación de la educación especial. Todos  hemos podido ver acciones en las redes sociales en repulsa, pero en el texto no se menciona en ningún momento su eliminación. Lo que encontramos es una declaración de intenciones para dotar a las escuelas ordinarias de medios suficiente para poder atender al alumnado con necesidades especiales con las mismas garantías que en los centros específicosLas Administraciones educativas velarán para que las decisiones de escolarización garanticen la respuesta más adecuada a las necesidades específicas de cada alumno o alumna, de acuerdo con el procedimiento que se recoge en el artículo 74 de esta Ley. El Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, desarrollará un plan para que, en el plazo de diez años, de acuerdo con el artículo 24.2.e) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y en cumplimiento del cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad. 
  1. La lengua vehicular. Si leemos las críticas, editoriales, etc. sobre esta ley encontraremos que muchas se centran en la “desprotección del castellano como lengua vehicular”. ¿Qué significa esto? El texto dice lo siguiente: Las Administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía y la normativa aplicable y en el siguiente artículo vemos esto: Al finalizar la educación básica, todos los alumnos y alumnas deberán alcanzar el dominio pleno y equivalente en la lengua castellana y, en su caso, en la lengua cooficial correspondiente. No dice o en la lengua oficial, por lo que entendemos que queda garantizado el derecho y/u obligación de conocer la lengua castellana además de garantizar el derecho a conocer otra de las lenguas oficiales del Estado, como indica la propia Constitución.  
  1. Libertad de elección de centro escolar. Otro de los aspectos que ha generado desconfianza es el derecho a la libertad de elección de centro escolar. Aquí hay que aclarar que aquí se mezclan dos aspectos: la libertad de elección con la financiación pública de centros concertados. Las dos leyes educativas de los gobiernos de Aznar incluían un criterio que denominaban “demanda social”. Esto significa que, si en una zona determinada existía mucha demanda (de concertada, aunque haya plazas públicas), las autoridades tenían que tenerlo en cuenta para poder ofrecer suficientes plazas concertadas. Tanto la LOE como esta LOMLOE eliminan estos aspectos. Suena todo un poco confuso, vamos a intentar aclararlo: 
  1. ¿Se elimina la libertad de los padres de elegir el centro que quieran para sus hijos?. No dice nada al respecto la leytodo el que quiera puede llevar a su hijo a un centro privado. Otro tema es, que el Estado subvencione ese centro privado. 
  1. ¿Se eliminan los conciertos de las escuelas privadas?. No, pero sí que se revisan  y se establecen estos criterios: En los procedimientos de admisión de alumnos y alumnas en centros públicos que impartan educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato, cuando no existan plazas suficientes, tendrán prioridad quienes procedan de los centros de educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria, respectivamente, que tengan adscritos. En el caso de los centros privados concertados se seguirá un procedimiento análogo, siempre que dichas enseñanzas estén concertadas y “En el seno de la Conferencia Sectorial se constituirá una comisión, en la que participarán las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito de la enseñanza privada concertada, para el estudio de la cuantía de los módulos de concierto que valore el coste total de la impartición de las enseñanzas en condiciones de gratuidad.  Las escuelas concertadas son necesarias, así como la colaboración ente el sector público y el privado y es justo señalar la importancia que tuvo la escuela privada en la etapa de alfabetización y modernización española tras la dictadura.  Mientras el Estado y las administraciones no tengan recursos necesarios para ofrecer plazas, la única vía será la colaboración y el concierto de plazas. Hagamos por un  momento una analogía con la sanidad. ¿Tenemos libertad para elegir un centro médico determinado, es decir, libertad para ir a un hospital privado? Por supuesto. Tú lo eliges, tú lo pagas. Cuando los centros públicos no pueden atender la demanda, por ejemplo, para pruebas médicas, concierta el servicio con la sanidad privada y nos derivan a un centro determinado. ¿Qué haya centros concertados privados significa que yo puedo elegir ir que me operen en un centro privado con todas las comodidades que ya sabemos y que lo financie el Estado? No, también lo sabemos. Pues algo así es lo que se plantea con la educación concertada. Si los recursos públicos no son suficientes, las administraciones abonarán las plazas, pero a centros que ofrezcan los mismos servicios que la pública y que sigan los mismos principios. A simple vista tiene sentido.  La crítica, entonces, no es a que se elimine la escuela concertada, sino a que se elimine el concierto a la escuela privada determinada que los padres quieran.  
  1. Eliminación de la religión católica. Encontramos el siguiente artículo (153.3): “En el marco de la regulación de las enseñanzas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, se podrá establecer la enseñanza no confesional de cultura de las religiones. Es curioso que se mencione el aspecto no confesional del estudio de la religión, cuando tan solo tenemos que abrir cualquier libro de texto de religión de cualquier centro (público o privado) para comprobar que hasta ahora la enseñanza que se hace de la religión sí que es confesional. La nueva mantiene el texto de su antecesora y la enseñanza de religión católica es de oferta obligada para los centros y de carácter voluntario para el alumnado. La única diferencia que encontramos es que la nota no será tenida en cuenta para la obtención de becas o el acceso a la universidad.  
  1. Otro de los artículos que han generado polémica tiene que ver con la posibilidad de promoción con suspenso. Lo que la ley plantea es que sea el equipo docente, de forma global y colegiada, quien determine quien pasa de curso. Podríamos decir, que se deja en manos de los centros, que son quienes mejor conocen a su alumnadopoder decidir sobre los criterios de evaluación  

A modo de conclusión, queremos señalar en primer lugar que no parece positivo ni eficaz para una sociedad no contar con una legislación educativa estable, fuerte y consensuada, que pueda dejar a un lado otros planteamientos ideológicos. No es extraño pensar, que todos estos cambios (algunos más profundos y otros menos relevantes) afecten al quehacer diario de los centros educativos de todos los niveles, no sólo por cuestiones prácticas, sino también por cuestiones económicas, ya que muchas de las propuestas quedan a veces en el plano de la teoría y desde los centros no se cuentan con los recursos necesarios para poder aplicarlas. Por otro lado, se produce mucha desinformación e incertidumbre, especialmente entre los estudiantes y las familias, que a veces no comprenden los cambios, no entienden la complejidad del sistema y se sienten “perdidos”. Evidentemente, esta situación no es deseable si se pretende conseguir un sistema de calidad y de equidad. 

Por otro lado, nos llama poderosamente la atención que, ni el texto legal, ni sus críticos, se paren a pensar en aspectos como la masificación de las aulas, cuando estamos hablando de 30 chavales por grupo, estamos hablando de fracaso escolar. Tener unas ratios aceptables supondría un cambio fundamental de mirada, así como de una ingente inversión. Pero parece que esto no le preocupa ni a los que legislan ni a la oposición. A nadie le preocupa que la mayoría de los centros educativos públicos no tengan gimnasios, qué importancia le estamos dando a la educación física, o que tengan teatros salones de actos, o aulas de música bien equipadas.  

Casi todos los textos legales recientes señalan a las pruebas externas (PISA, UE…) como objetivo y horizonte al que se debe mirar, aunque en cada uno de los textos se planteen distintas herramientas y metodologías para conseguir este común objetivo. Sin plantearse que uno de los principales obstáculos es la debilidad de la legislación en sí, con leyes con fecha de caducidad, que cuando apenas comienzan a dar sus frutos son cambiadas por el partido de turno en el gobierno, sin tener en cuenta que hay objetivos a medio y largo plazo que nunca van a llegar a conseguirse si “todo” cambia con tanta frecuencia, que las adaptaciones son lentas, que los profesionales no cuentan con la ayuda necesaria en muchas ocasiones para poder adaptarse a todos estos cambios y mucho menos el alumnado. Por no decir, el desconocimiento que los legisladores parecen tener sobre estas pruebas, difícilmente se van a conseguir buenos resultados si se sigue pensando que lo que miden es la capacidad de memorizar y repetir operaciones automáticamente, en vez de la capacidad de relacionar y comprender. La reforma que se debe hacer para conseguir mejores resultados en dichas pruebas se antoja mucho más profunda y estructural, pero que a priori no parece que se vaya a plantear.  

Por último, hay que indicar que sería deseable una participación  más activa de las familias, en el sentido de que centros, padres y profesores trabajen de manera conjunta y en la misma línea para que así los resultados sean más positivos. 

Pues nada… sigan mirándose todos el ombligo y, como siempre, la infancia la gran olvidad y maltratada.